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Biblioteca Paulo Freire

Datos Generales
  • Fecha de fundación: 2 de diciembre de 1991
  • Tipo de biblioteca: Especializada
  • Sistema de clasificación: Library of Congress
  • Jefe: Lic. Jorge Victoria García
  • Teléfono: +52 (442) 220.5240, Ext. 105
  • Fax: +52 (442) 220.5180
  • Correo electrónico: biblioteca@upnqueretaro.edu.mx y javieralegria.bpf@upnqueretaro.edu.mx
  • Excepciones de servicio:
    • Jueves y viernes santos
    • Las dos últimas semanas de diciembre
    • Los días que son descanso obligatorio por ley
  • Volúmenes existentes: 11,081
  • Publicaciones periódicas y seriadas: 6 títulos
  • Cobertura académica: Licenciatura, maestría y formación continua
  • Cobertura temática: Ciencias de la educación, pedagogía
  • Cobertura idiomática: Español e inglés
  • Tipo de usuarios: Investigadores y estudiantes
  • Catálogo: Siabuc (consulta en las instalaciones) y catalogo en línea aquí
Misión

Apoyar las actividades de docencia, investigación y difusión de la cultura a través de un servicio efectivo y dinámico del acervo bibliográfico.

Horario
  • Lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas.
  • Sábados de 8:00 a 15:00 horas.
Reglamento Interno de Servicios

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente reglamento es de carácter obligatorio para todos los usuarios y personal de la biblioteca y tiene como finalidad establecer las normas, estructura y operación del servicio bibliotecario que presta la Universidad.

Artículo 2.- El horario de los servicios bibliotecarios es de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas y los sábados de 8:00 a 15:00 horas, conforme al calendario de actividades que se publica semestralmente.

DE LOS SERVICIOS

Artículo 3.- La biblioteca proporcionará a los usuarios, en los términos del presente reglamento los siguientes servicios:

3.1. Préstamo interno:Consiste en facilitar el material documental a los usuarios dentro de la biblioteca.

3.2. Préstamo externo:Consiste en autorizar el uso del material a los usuarios, a título personal, fuera de sus instalaciones.

3.3. Orientación e información:Es el servicio de asesoría que se ofrece para poner al alcance de los usuarios los materiales y la información sobre algún tema o servicio en particular, las pláticas de inducción a los alumnos de nuevo ingreso y cursos de formación a los usuarios.

3.4. Área de exposición:Consiste en el préstamo del área de la biblioteca destinada a la exposición de obras artísticas y manifestaciones culturales diversas.

3.5. Sala de consulta: Consulta del acervo documental, búsqueda en los catálogos electrónicos, acceso abierto a la estantería.

3.6. Sala de estudio individual:Esta área cuenta con espacios individuales  para la lectura  en silencio.

3.7. Paquetería:Es el servicio de guarda objetos.

3.8. Expedición de constancia de no adeudo de material bibliográfico:Para trámites de titulación. No se expedirá dicho documento si el usuario mantiene adeudo de materiales y deberá sujetarse a lo dispuesto en este reglamento.

DE LOS USUARIOS

Artículo 4.- Son usuarios internos: el personal académico e investigadores, alumnos inscritos y el personal administrativo de la UPN, Unidad 22-A, Querétaro.

Artículo 5.- Son usuarios externos: los estudiantes de todos los niveles de otras instituciones; los profesores, investigadores y funcionarios de otras instituciones de educación e investigación y otros usuarios con actividades análogas; y que cubran los requisitos señalados en el capítulo IV.

Artículo 6.- Son usuarios eventuales: aquellas personas que desean consultar el acervo, única y exclusivamente con el  servicio de préstamo interno.

Artículo 7.- Los usuarios están obligados a:

7.1. Permitir la revisión de su identificación, objetos y materiales que porten al entrar o salir de la biblioteca.

7.2. Cumplir con las disposiciones normativas de la Universidad.

7.3. Depositar sus pertenencias (bolsos, portafolios, abrigos, mochilas, impermeables, paraguas, etc.) en el guarda objetos durante su permanencia en la biblioteca.

7.4. Mantener un ambiente de silencio, tranquilidad y estudio.

7.5. Abstenerse  de  introducir todo tipo de alimentos y bebidas.

7.6. Guardar respeto y consideración a los demás usuarios y al personal de la biblioteca.

7.7. Cuidar el material documental, el mobiliario y equipos de la biblioteca.

7.8. Evitar el uso de cualquier dispositivo  que genere ruido en la biblioteca.

7.9. Abstenerse del uso de celulares u otros dispositivos de comunicación que altere el ambiente de silencio, tranquilidad y estudio.

DE LA VIGENCIA DE DERECHOS

Artículo 8.- De los usuarios internos:

8.1. Tendrán derecho a todos los servicios que presta la biblioteca a partir de la  fecha de ingreso como docente, alumno o personal administrativo de la UPN Unidad 22-A, Querétaro.

8.2. Perderán la calidad de usuarios internos en forma temporal o definitiva cuando: a) causen baja de la institución;  b) incurran en alguna de las sanciones señaladas en el capítulo VIII.

Artículo 9.- De los usuarios externos:

9.1. Gozarán del préstamo externo  con vigencia de un año, mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) presentar identificación oficial vigente original y copia;  b) presentar comprobante de domicilio reciente en original y copia;  c) realizar en caja el pago por alta en el sistema de control interno de la biblioteca. Los originales para cotejar y copias para el  archivo  de la biblioteca.

9.2. Perderán la calidad de usuarios externos: a) al transcurrir el año de vigencia (con opción a renovación); b) cuando incurran en alguna de las sanciones señaladas en el capítulo VIII.

Artículo 10.- De los usuarios eventuales:

10.1. Gozarán del préstamo interno.

10.2. Perderán su calidad de usuarios eventuales cuando incurran en alguna de las sanciones señaladas en el capítulo VIII.

DE LAS COLECCIONES

Artículo 11.- La biblioteca cuenta con diversas colecciones accesibles bajo la modalidad de estantería abierta, de uso interno y externo.

11.1. Colección general: Está compuesta por libros de carácter general que apoyan las actividades académicas de la Universidad, bajo la modalidad de estantería  abierta y son sujetos de préstamo interno o externo según disponibilidad.

11.2. Colección de consulta: Está compuesta por material de referencia como son: los diccionarios, enciclopedias, almanaques, directorios, anuarios y demás obras de consulta; publicaciones periódicas; obras raras, costosas o agotadas; obras en proceso de encuadernación; tesis y tesinas. Su uso es interno, bajo la modalidad de estantería abierta.

11.3. Colección audiovisual y microformatos: Son los materiales que se encuentran en discos compactos y otros medios, los cuales pueden ser usados en forma interna o externa según disponibilidad.

DEL PRÉSTAMO INTERNO

Artículo 12.- El préstamo interno de los materiales se proporcionará a todos  los usuarios en cualquiera de los recursos documentales existentes, en las modalidades de estantería abierta o cerrada.

Artículo 13.- En la estantería abierta, el usuario podrá tomar los materiales documentales directamente de los estantes, o bien, en caso de duda, solicitarlos al personal de la biblioteca.

Artículo 14.- El usuario deberá depositar los materiales documentales consultados, en los carros transportadores o en los lugares destinados para este fin.

DEL PRÉSTAMO EXTERNO

Artículo 15.- El préstamo externo se proporcionará a todos los miembros de la comunidad universitaria al presentar su credencial vigente y estar dados de alta en el sistema de control interno de la biblioteca.

Artículo 16.- Para hacer uso del préstamo el usuario deberá firmar la papeleta que emite el sistema, como acuse de recibo del material solicitado; el préstamo es personal e intransferible.

Artículo 17.- El préstamo externo será  de hasta tres  títulos diferentes por  3 días hábiles para los estudiantes de la UPN Querétaro; para el personal académico de la UPN Unidad 22-A, el préstamo externo será de 8 días hábiles y, en cuanto a la colección de consulta, los docentes podrán solicitar, para  uso exclusivo dentro de la Unidad, las siguientes obras de consulta: publicaciones periódicas, obras raras, costosas o agotadas, audiovisuales,  micro formatos, tesis y tesinas; para los usuarios externos el préstamo de los materiales será de 1 día hábil.

Artículo 18.- El usuario que solicita préstamo se hace  responsable de devolver el material en tiempo estipulado y en buen estado. No podrá disponer nuevamente del préstamo externo mientras tenga adeudos.

Artículo 19.- Los préstamos pueden renovarse hasta en tres ocasiones consecutivas mediante la presentación de la obra, siempre que no haya sido reservada por otro usuario. Después de la tercera renovación consecutiva, el usuario podrá solicitarlo nuevamente una vez transcurrido un plazo de al menos un día hábil.

Artículo 20.- En caso de no ser entregado el material en el plazo estipulado, se cobrará la multa vigente por cada día hábil que transcurra hasta la entrega.

Artículo 21.- La biblioteca informará periódicamente a las autoridades los adeudos en que incurran los usuarios, para su seguimiento.

Artículo 22.- Es responsabilidad del usuario respetar los derechos de autor del material bibliográfico que recibe en préstamo.

Artículo 23.- En caso de que el usuario pierda uno o varios materiales, deberá ajustarse a las siguientes condiciones:

23.1. Reportar inmediatamente la pérdida.

23.2. Cubrir el costo de la obra según el precio en el mercado, más los gastos de envío si se requiere y el costo de recatalogación; dispone de 8 días hábiles para realizar el pago o reposición del material.

DE LAS SANCIONES

Artículo 24.- El usuario será suspendido temporalmente por 15 días hábiles en el uso de los servicios bibliotecarios:

24.1. Cuando haga uso indebido de los equipos, instalaciones y mobiliario que ofrece la biblioteca, debiendo reparar el daño ocasionado.

24.2. Cuando haga uso indebido de los servicios, colecciones o por la impresión de marcas o subrayado de los materiales documentales.

24.3. Por entregar el material bibliográfico visiblemente maltratado.

24.4. Reincidir en dos ocasiones en la devolución extemporánea de materiales documentales en un periodo semestral.

24.5. Por alterar el orden dentro de las instalaciones de la biblioteca.

Artículo 25.- El usuario será suspendido definitivamente en el uso de los  servicios bibliotecarios por:

25.1. Conducirse con falsedad en su identificación como usuario.

25.2. La destrucción, mutilación o desaparición del material bibliográfico, documental, equipo y demás bienes de la biblioteca.

25.3. Sustraer sin la debida autorización, material o equipo de la biblioteca.

Artículo 26.- Independientemente de las sanciones previstas en los Artículos 24 y 25, el usuario será responsable de cubrir el costo de los daños ocasionados, sin perjuicio de que en su oportunidad puedan aplicarse otras sanciones previstas en la normatividad de la Universidad.

Artículo 27.- La Universidad no extenderá certificado de estudios, ni podrá reinscribir a un nuevo periodo escolar, a los usuarios internos que tengan adeudo pendiente en la biblioteca.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente reglamento.

SEGUNDO.- Los aspectos no previstos en este reglamento serán puestos a consideración de las autoridades de la UPN Unidad 22-A, para que determine lo conducente.

TERCERO.- El presente reglamento se expide en la ciudad de Santiago de Querétaro, Qro. el día 17 de octubre de 2013 y entra en vigor en esta misma fecha.

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